“Tan solo el 2% de las empresas concentran el 50% de la utilidad bruta”.
Los niveles de concentración de las utilidades empresariales son muy altos. Según un informe publicado por la Superintendencia de Sociedades a través del SIREM (Sistema de Información y Reporte Empresarial), el 0.82% de las empresas concentran el 50% de las utilidades antes de impuestos; cálculos realizados con base en los estados financieros de 25.515 empresas para analizar la concentración de la utilidad bruta y operacional de las empresas que operan en Colombia.
Según el académico Jorge Espitia, al sumar la utilidad bruta de las empresas, el valor asciende a $150,7 billones, donde el 2% (451empresas) concentran el 50% de la utilidad bruta; y el 10% de ellas (2.362), el 75%. Adicionalmente, el valor agregado de las utilidades antes de impuestos de las empresas, ascendió a $46,6 billones; donde el 0,82% (166) concentran el 50% de la utilidad; y el 5,53% (1.119) el 75%.
En cuanto al valor de la utilidad operacional de las empresas fue positiva, con $47,8 billones; de los cuales, 1,09% de ellas (206 empresas) concentran el 50%; y, 6,83% (1.291empresas) el 75%.
El Impuesto a la Renta y la Utilidad antes de Impuestos
Una de las propuestas de la Comisión de Expertos es crear un impuesto único sobre las ganancias, con el argumento de las inequidades que se generan en el actual sistema. Esta permitiría eliminar los distintos beneficios tributarios de los que gozan actualmente las empresas y que representa para el Gobierno Nacional un costo tributario cercano a los $9 billones.
Sin embargo, se debe blindar el nuevo impuesto del manejo discrecional que las personas jurídicas hacen de los gastos operacionales de administración y de ventas, los cuales no presentan una norma al interior de los sectores.
En este orden de ideas, la sociedad colombiana, el Congreso de la República y la institucionalidad democrática deben propender por la existencia de un impuesto progresivo a la renta ya que es necesaria una reforma fiscal para cerrar la brecha existente entre impuestos y gastos de la nación; mejorar la distribución del ingreso por la vía impositiva; financiar la provisión de bienes públicos (vivienda, educación superior, alimentación, vías terciarias, entre otros). Acordados en el marco de los Acuerdos de la Habana y la Ley de Víctimas.
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Jorge Espitia
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