Bogotá, 22 de agosto de 2018. En la última reforma tributaria, Ley 1819 de 2016, la tarifa del IVA que tenían los tampones y toallas higiénicas quedó establecida en el 5%. Esta medida fue adoptada por el Congreso, con el aval del Ministerio de Hacienda, después de la haber rechazado la proposición respaldada por más de cincuenta congresistas de diversos partidos de incluir dichos productos en el listado de bienes exentos del IVA.
Durante el año 2017, la Corte Constitucional admitió tres demandas de inconstitucionalidad del art. 185 de la Ley 1819 de 2016 que establece dicho impuesto. Los procesos, no han sido acumulados, por lo cual cada uno tiene un estado diferente a saber:
Demandante
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Danilo Virviescas |
Natalia Moreno y otras integrantes del Grupo Género y Justicia Económica |
Eylen Rojas |
Radicado |
12128 |
12207 |
12397 |
Magistrado ponente |
Gloria Stella Ortiz Delgado |
Antonio José Lizarazo Ocampo |
Alejandro Linares Cantillo |
Estado del proceso |
Registro proyecto de fallo. 10 julio 2018. |
27 julio 2018, allegó concepto la Procuraduría. |
Suspendido. Aún se pueden presentar intervenciones ciudadanas.
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En los tres procesos, la Corte Constitucional solicitó concepto técnico a entidades públicas y privadas. Por su parte, la Procuraduría General de la Nación elaboró su concepto. El Ministerio de Hacienda, la DIAN, el Ministerio de Salud, entre otras autoridades, solicitaron la declaratoria de exequibilidad del impuesto demandado. Todas los escritos pueden ser consultados en la página web de la Corte Constitucional, digitando el número del proceso en el siguiente enlace: http://www.corteconstitucional.gov.co/secretaria/ConsultaC/proceso.php.
El Ministerio de hacienda ha reconocido que el impuesto a los productos de higiene menstrual tiene implicaciones negativas para las mujeres y por lo tanto, considera que la reducción de la tarifa aplicable es una medida afirmativa para aportar a la superación de las brechas de género en la economía.
La vulneración a los derechos humanos de las mujeres, de la garantía del derecho a la igualdad y de los principios que rigen el sistema tributario en Colombia, entre otros argumentos, han sido presentados por las entidades y personas que solicitan que el impuesto sea declarado inconstitucional.
Corresponde a la Corte Constitucional dar sentido e interpretar el alcance del derecho a la igualdad y demás derechos de las mujeres en el sistema tributario colombiano.