Corte suspende la reforma pensional y pone en riesgo el equilibrio fiscal de Colombia

Jul 3, 2025

La Corte suspendió la reforma pensional de 2024, afectando el ahorro público y el Marco Fiscal de Mediano Plazo desde 2025.
Corte suspende reforma pensional y causa alerta fiscal

A pocos días de su entrada en vigencia, la Corte Constitucional suspendió la reforma pensional aprobada en 2024, generando incertidumbre fiscal y regulatoria. La decisión obliga a devolver la ley a la Cámara de Representantes, frena la creación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo y altera las proyecciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo, que sustentan el equilibrio presupuestal de los próximos años.

Esta reforma, uno de los pilares más ambiciosos del programa del presidente Petro, sufrió un revés que pone en riesgo las finanzas del país. Tras meses de intensos debates y tensiones políticas, fue aprobada por el Congreso en junio de 2024, con entrada en vigor prevista para el 1.º de julio de 2025.

Sin embargo, a escasos días de su implementación, la Corte Constitucional, en una decisión unánime de su sala plena, sorprendió al país al suspender la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024 y ordenar su devolución a la Cámara de Representantes.
Esta decisión, basada en un vicio de procedimiento ocurrido durante el trámite legislativo, sume al país en una profunda incertidumbre regulatoria y fiscal, y representa un revés significativo para la agenda legislativa del Gobierno.
La suspensión de una ley tan próxima a su aplicación, especialmente una de la magnitud y el impacto de la reforma pensional, introduce una profunda inestabilidad regulatoria. Además, el impacto que tendrá sobre las cuentas hechas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, la hoja de ruta de ingresos y gastos del país, marcará el debate del presupuesto de la próxima legislatura y pone en tela de juicio la necesidad de una nueva reforma tributaria.

¿Qué está en riesgo con la devolución de la reforma pensional?
Si la reforma pensional, establecida por la Ley 2381 de 2024, fuera declarada inconstitucional, las consecuencias fiscales serían profundas y afectarían directamente las proyecciones del Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP).
El MFMP, que guía las decisiones fiscales del país, ya incorpora los efectos esperados de la reforma. Por lo tanto, su anulación alteraría de forma significativa el equilibrio fiscal, con impactos estructurales que abarcarían desde la desaparición de instrumentos clave de ahorro hasta un incremento en las presiones sobre las finanzas públicas.

No se crearía el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC)
Uno de los efectos más relevantes sería la no creación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), un instrumento crucial diseñado por la ley para gestionar los recursos generados por los traslados de afiliados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Componente de Prima Media (Colpensiones).
Este fondo, administrado por el Banco de la República, no solo serviría para financiar las futuras obligaciones pensionales, sino que también funcionaría como un mecanismo de ahorro público.
El MFMP estima que el FAPC generaría un superávit de 0,7 % del PIB en 2025 y de 1,5 % del PIB en 2026, acumulando un stock de recursos equivalente al 28 % del PIB. Sin la reforma, este ahorro desaparece y, con ello, un pilar fundamental del nuevo esquema pensional.
La función del FAPC también es proteger el flujo de ahorro agregado de la economía. Al permitir una transición ordenada de los aportes de los cotizantes que estaban en el RAIS hacia Colpensiones, se busca minimizar los impactos negativos en el ahorro nacional.
La eliminación del fondo no solo implica una pérdida de recursos, sino que también podría generar incertidumbre macroeconómica y reducir el ahorro interno, afectando la inversión y el crecimiento económico.

Deterioro del sistema pensional y aumento de déficits
Otro efecto importante sería el deterioro del sistema de pensiones. Las proyecciones del MFMP muestran que, gracias al FAPC y a los mayores ingresos por cotizaciones del nuevo sistema, este subsector podría alcanzar un superávit promedio del 1,7 % del PIB entre 2027 y 2036, con un pico del 1,8 % en 2036.
La inconstitucionalidad de la ley haría inviable este superávit, dejando al sistema en una situación de mayor desequilibrio financiero y con menores herramientas para actuar frente al envejecimiento poblacional y al aumento de los beneficiarios del sistema pensional.
En cuanto al Gobierno Nacional Central (GNC), la reforma se diseñó precisamente para aliviar las cargas fiscales estructurales asociadas con el envejecido sistema pensional heredado de la Ley 100 de 1993. Sin la nueva legislación, el GNC tendría que continuar asumiendo directamente los costos crecientes de las pensiones de transición y del sistema antiguo.

Fondo de Garantía de Pensión Mínima
Otro punto a considerar es el Fondo de Garantía de Pensión Mínima (FGPM), que, según el MFMP, empezaría a mostrar déficits a partir de 2032 debido a las transferencias de cotizaciones a Colpensiones y al FAPC.
Sin la reforma pensional, este fondo podría tener una trayectoria distinta, pero no necesariamente más favorable. Eventualmente, sus recursos también se agotarían, y la Nación tendría que intervenir para cubrir los compromisos con los beneficiarios de pensión mínima.

Pierde el país en materia de credibilidad
Finalmente, está el aspecto de la credibilidad de la política fiscal. La estrategia del Gobierno para lograr superávits primarios consistentes con la regla fiscal a partir de 2028 se basa en la implementación de reformas estructurales como la reforma pensional.
La no implementación de esta reforma podría debilitar la confianza de los inversionistas, organismos internacionales y calificadoras en la capacidad del país para estabilizar sus finanzas públicas.
Esto, a su vez, podría traducirse en condiciones más costosas para acceder a crédito, menores flujos de inversión y un aumento en los riesgos fiscales de mediano y largo plazo. Tal es el caso de la Línea de Crédito Flexible que el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha amenazado con eliminar si no se estabilizan las cuentas del Estado.

La reforma pensional aumenta la incertidumbre
La no implementación de la reforma pensional debilita la confianza de inversionistas, organismos internacionales y calificadoras en la capacidad del país para estabilizar sus finanzas públicas.
La estrategia del Gobierno para lograr superávits primarios consistentes con la regla fiscal a partir de 2028 se basa, en gran medida, en reformas estructurales como esta. La incertidumbre podría traducirse en condiciones más costosas para acceder al crédito, menores flujos de inversión y un aumento en los riesgos fiscales a mediano y largo plazo.
Analistas independientes como el Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF) han señalado consistentemente la importancia de los beneficios fiscales de la reforma. Fedesarrollo, por su parte, ya había advertido que la reforma podría ampliar el déficit económico del país si no se manejaba con prudencia, lo que se refuerza con la eliminación del ahorro que proponía el FAPC.
Agencias como Fitch Ratings han revisado a negativa la perspectiva de Colombia, citando preocupaciones por la trayectoria fiscal, aunque sus informes más recientes previos a la decisión no detallan el impacto directo de la suspensión. Sin embargo, la persistente incertidumbre política y fiscal es un factor clave en la preocupación de las calificadoras.

Empresas y ciudadanos también se enfrentan a la incertidumbre
Tras la decisión de la Corte, el Estado, las empresas y los ciudadanos que se preparaban para los cambios inminentes, como los ajustes en los sistemas de nómina o en los pagos de seguridad social para contratistas, ahora se enfrentan a una situación de incertidumbre.

¿Qué pasará con las demandas en curso?
La devolución de la reforma pensional para que continúe su trámite en el Congreso ha aplazado un pronunciamiento clave de la Corte Constitucional sobre el fondo de la reforma. Actualmente, hay más de 70 demandas en curso, cuyo estudio acaba de suspenderse. Si la reforma se aprueba sin cambios, la Corte deberá pronunciarse sobre estas demandas.

Tomado de Más Colombia

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